
La primera pregunta que uno se hace sabiendo esto sería, ¿y si gano, cuanto tendré que pagar?: La cifra exacta no la podemos saber hasta el momento que rellenamos la declaración de la renta, ya que las ganancias del juego no tributan a tipo fijo sino en los tramos de IRPF.
Esto quiere decir que tus ganancias del juego online se sumarán al resto de tus actividades económicas y en función de la suma total, declararás en los tramos IRPF que actualmente aplica la ley:
- Hasta 9.050 euros brutos anuales, la retención es del 0%.
- Desde 9.051 hasta 17.360 euros brutos anuales se aplica un tipo marginal del 24%.
- Desde 17.361 hasta 32.360 euros brutos anuales se aplica un tipo marginal del 28%.
- Desde 32.361 hasta 52.360 euros brutos anuales se aplica un tipo marginal del 37%.
- A partir de 52.361 euros brutos anuales se aplica un tipo marginal del 43%.
La segunda cuestión importante es que los jugadores online, SI podrán deducir las perdidas a la hora de declarar sus ganancias. Este es un tema muy carcomido, pues en principio la ley no contemplaba esta posibilidad y los jugadores online enloquecieron con ello. Actualmente si tu ganas 3000€ pero después pierdes 2000€, obviamente solo declararás a Hacienda los 1000€ de diferencia, es decir tus ganancias reales.
Saludos.